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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto a Dani Alves al revocar su condena de cuatro años y medio de prisión por agresión sexual. Según el tribunal, no hay pruebas suficientes para sostener la acusación y el testimonio de la denunciante no es “fiable”. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

La resolución del TSJC señala que la sentencia de la Audiencia de Barcelona presentaba “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones”. Además, el tribunal considera que las imágenes grabadas en la discoteca antes del incidente no concuerdan con el relato de la denunciante.

Dani Alves pasó 14 meses en prisión preventiva antes de quedar en libertad provisional bajo fianza de un millón de euros en marzo del año pasado. La Audiencia de Barcelona lo condenó en 2022 por presuntamente violar a una joven en un baño de la discoteca Sutton en Barcelona.

El TSJC cuestiona que la Audiencia diera credibilidad a la denunciante sin contrastar su testimonio con otras pruebas, como la pericial de ADN y las huellas dactilares. Según el tribunal, la presunción de inocencia de Alves no fue suficientemente respetada.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular de la joven habían recurrido la sentencia inicial. La Fiscalía buscaba aumentar la condena a nueve años, mientras que la denunciante pedía una pena de 12 años de prisión.

La sentencia del TSJC insiste en que el consentimiento es un elemento clave en los delitos sexuales, pero subraya que en este caso no hay pruebas concluyentes que demuestren que la relación fue no consentida. Ahora, la decisión queda en manos del Tribunal Supremo, que podría confirmar o revocar la absolución.